Ciudadanos y Residentes de los Estados Unidos pueden traer legalmente a su familia con una petición familiar.
Los ciudadanos estadounidenses pueden presentar peticiones a favor de:
- Padres biológicos, padrastros y padres adoptivos
- Hijos e hijas solteros menores de 21 años
- Esposos y esposas
- Hermanos y hermanas, hermanos adoptivos, hermanastros y medios hermanos;
- Hijos casados o mayores de 21 años.
Residentes legales permanentes en los Estados Unidos sólo pueden presentar peticiones de visa de inmigrante a favor de su:
- Esposos y esposas
- Hijo o hija que no haya contraído matrimonio (solteros).
La peticiones son procesadas en dos tipos de vínculos familiares:
Familiar Inmediato. Estas visas se basan en una relación familiar cercana con un ciudadano estadounidense, como cónyuge, hijos o padres. El número de inmigrantes en estas categorías no se limita cada año fiscal.
Preferencia familiar. Estas visas son para relaciones familiares específicas más distantes de un ciudadano estadounidense y algunas relaciones familiares específicas con residentes legales permanentes. El número de inmigrantes en estas categorías es limitado cada año fiscal.
Nota: Es posible que algunos familiares cercanos puedan aplicar para un ”ajuste de estatus” y de esa manera convertirse en residentes legales permanentes, incluso si ya se encuentran en los Estados Unidos. Esto suele ser un proceso largo y complicado si usted ingresó al país sin permiso o si tiene una orden de deportación.
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